A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alberto Rojas Ríos
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicción entre el Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito, Sección Tercera, de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una demanda ordinaria laboral que interpuso la EPS Sanitas en contra de ADRES, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de las sumas de dinero que fueron asumidas, de forma integral, en razón a la prestación de servicios médicos no incorporados en el POS (hoy PBS-) y, en consecuencia, no financiadas en las UPC.
La prestación de servicios se relacionó con el suministro de medicamentos y/o tecnologías en salud a diferentes usuarios afiliados a dicha entidad, con fundamento en órdenes judiciales adoptadas en el trámite de acciones de tutela y/o autorizaciones dadas por el Comité Técnico Científico.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión del Auto 389/21, en la que se estableció que, la competencia judicial para conocer los asuntos relacionados con el pago de recobros judiciales al Estado por prestaciones no incluidas en el POS (hoy PBS) y por las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del SGSSS recae en los jueces de lo contencioso administrativo, en virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.
Con base en lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Tercera, para que asuma el conocimiento del proceso mencionado y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a las partes interesadas
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogota y el Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota, Seccion Tercera, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota, Seccion Tercera avocar el conocimiento sobre el fondo de la demanda presentada por la EPS Sanitas en contra de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud ADRES, de acuerdo con la parte considerativa del presente Auto.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-279 al Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota, Seccion Tercera, para que asuma el conocimiento del proceso bajo numero de radicado 110013336032-2020-00230-00 y, comunique al Juzgado Treinta y Nueve Laboral del Circuito de Bogota y a los interesados la presente decision.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.